Términos y Condiciones

Servicios de Telecomunicaciones Residenciales y para Proveedores de Internet · Última actualización: julio 2026

PRELIMINARES

GBIC COMUNICACIONES® es una marca debidamente registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por Víctor Alonzo Chávez Vega para la prestación del servicio de telecomunicaciones.

Víctor Alonzo Chávez Vega, persona física con actividad empresarial, inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) bajo la clave CAVV920731F7, con domicilio fiscal en calle Aldama, número 35, colonia Centro, C.P. 58400, Coeneo de la Libertad, Michoacán, México.

Asimismo, Víctor Alonzo Chávez Vega es titular de la Concesión Única para uso comercial otorgada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), registrada bajo el folio electrónico FET097828C0-517606, necesaria para prestar los servicios de telecomunicaciones objeto del presente documento.

En lo sucesivo, "GBIC" se refiere a GBIC Comunicaciones® como responsable de la prestación de los servicios. Los presentes Términos y Condiciones regulan la relación contractual entre GBIC y el CLIENTE que contrate cualquiera de sus servicios.

DEFINICIONES

  • CLIENTE: Persona física o moral, contratante de los servicios que presta GBIC, que cuenta con los derechos establecidos en la ley y será responsable de cumplir con todas y cada una de las obligaciones contenidas en el contrato, independientemente de la persona que haga uso de los SERVICIOS CONTRATADOS.
  • CONTRAPRESTACIÓN y/o PRECIO: El importe en moneda nacional que deberá pagar el CLIENTE de manera mensual por la prestación de los SERVICIOS CONTRATADOS.
  • COSTO POR REANUDACIÓN DEL SERVICIO: Cargo por concepto de reanudación del servicio en caso de que los SERVICIOS CONTRATADOS no se paguen a tiempo (en la FECHA LÍMITE DE PAGO), cuya tarifa se encuentra registrada ante el CRT (Comisión Reguladora de Telecomunicaciones).
  • EQUIPOS: Los equipos terminales debidamente homologados para la prestación de los SERVICIOS CONTRATADOS, que serán proporcionados al CLIENTE; los cuales no podrán ser adquiridos en otro establecimiento, toda vez que su diseño, software y hardware es único para la tecnología utilizada por GBIC, siendo esta la única responsable frente al CLIENTE por dichos equipos.
  • FECHA DE CORTE: El último día de cada periodo de facturación; esta fecha se encontrará disponible en el estado de cuenta y/o factura que le llegará al CLIENTE, a su domicilio o vía correo electrónico de forma gratuita.
  • FECHA LÍMITE DE PAGO: Día 10 de cada mes, fijado por GBIC, para que el CLIENTE pague los SERVICIOS CONTRATADOS del periodo de facturación correspondiente.
  • CRT: Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, autoridad reguladora competente en materia de telecomunicaciones.
  • CONCESIÓN: La concesión de GBIC que incluye los servicios públicos de telecomunicaciones que preste al amparo de la Concesión Única.
  • PLAZO FORZOSO: Modalidad de contratación por la que el CLIENTE se obliga en términos del contrato de prestación de servicios, por un plazo forzoso máximo de 18 (dieciocho) meses.
  • PERIODO DE FACTURACIÓN: Corresponde a 30 (treinta) días naturales de prestación de los SERVICIOS CONTRATADOS, determinado por GBIC conforme a la fecha de contratación.
  • SERVICIOS CONTRATADOS: Se refiere a los servicios de TELEFONÍA FIJA y/o INTERNET que GBIC prestará al CLIENTE con motivo de la contratación, así como los servicios para proveedores de internet (enlaces dedicados, transporte, fibra oscura).
  • SERVICIOS ADICIONALES: Aquellos servicios accesorios a los SERVICIOS CONTRATADOS, que podrán ser solicitados por el CLIENTE durante la vigencia del contrato.
  • SERVICIO DE ENLACES DEDICADOS: Aquel por el que se ofrece un medio de transmisión para uso exclusivo de un CLIENTE entre dos puntos definidos por el mismo y que GBIC acepta al firmar el contrato.
  • SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA: Aquel por el que se conduce tráfico público conmutado entre CLIENTES, independientemente de que dicho tráfico se origine o termine en una red pública de telecomunicaciones alámbrica o inalámbrica, y por el que se cobra una tarifa independiente de la distancia.
  • CENTROS DE COBRO: Los establecimientos físicos y plataformas en línea autorizados por GBIC para la recepción de pagos de la CONTRAPRESTACIÓN.
  • DOMICILIACIÓN DE PAGO: La autorización voluntaria del CLIENTE para que GBIC realice cargos recurrentes mensuales a su tarjeta de débito o crédito como medio de pago de la CONTRAPRESTACIÓN.
  • FACTURACIÓN ELECTRÓNICA: La emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que el CLIENTE deberá generar a través del Portal GBIC dentro del plazo establecido en la Sección 2.
  • PORTAL GBIC: La plataforma digital de clientes de GBIC disponible en clientes.gbic.mx, donde el CLIENTE puede consultar estados de cuenta, realizar pagos, generar facturas electrónicas y gestionar sus SERVICIOS CONTRATADOS.
  • SISTEMA DE PAGO: Es la forma de pago elegida por el CLIENTE para el pago de los SERVICIOS CONTRATADOS.
  • Garantía de Servicio: Acuerdo que define los parámetros de calidad y disponibilidad del servicio contratado.

SECCIÓN 1. Servicios

Los servicios que presta GBIC se ofrecen de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en la Concesión, la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, las Reglas y Normas específicas emitidas o que emita el CRT (Comisión Reguladora de Telecomunicaciones), y con base en el presente documento y las tarifas y, en su caso, promociones registradas por GBIC ante el CRT.

A. Servicios Básicos

  • Servicio de telefonía fija;
  • Servicio de acceso a Internet residencial mediante tecnología de fibra óptica (FTTH / XGS-PON) hasta 10 Gbps simétricos;
  • Servicio de enlaces dedicados para proveedores de internet (Internet Dedicado, Transporte Capa 2, Fibra Oscura).

Estos servicios están sujetos a la disponibilidad de las instalaciones y cobertura geográfica, de acuerdo a los planes técnicos y estrategias comerciales de GBIC, así como a lo establecido en la normatividad aplicable.

B. Servicios Adicionales

GBIC pone a disposición de sus suscriptores servicios adicionales, entre los que se encuentran: Wi-Fi Extender, portabilidad de número telefónico, direccionamiento IP estático, redundancia de fibra 1+1, entre otros. Para mayor información, el CLIENTE debe contactar al área de atención a clientes o vía WhatsApp.

SECCIÓN 2. Pagos y Facturación

El CLIENTE se obliga a pagar la CONTRAPRESTACIÓN correspondiente a los SERVICIOS CONTRATADOS en la FECHA LÍMITE DE PAGO señalada en su estado de cuenta. El pago deberá realizarse mediante el SISTEMA DE PAGO elegido por el CLIENTE al momento de la contratación, conforme a las formas de pago señaladas en la presente sección. Conforme lo dispuesto por la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los lineamientos de facturación emitidos por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), la factura del CLIENTE deberá contener el periodo de facturación, la cuota mensual fija, los cargos por servicios adicionales y el importe total con impuestos incluidos.

A. Formas de Pago Aceptadas

GBIC acepta las siguientes formas de pago para la liquidación de la CONTRAPRESTACIÓN:

  • Efectivo en cualquiera de nuestros Centros de Cobro físicos autorizados por GBIC;
  • Tarjeta de débito o crédito (Visa, Mastercard) en nuestros Centros de Cobro físicos y a través de la plataforma de pago en línea del Portal GBIC;
  • Pago con tarjeta de débito o crédito en cadenas comerciales y establecimientos afiliados con convenio de pago, de conformidad con la Red de Medios de Disposición prevista en las disposiciones de carácter general aplicables a las redes de medios de disposición emitidas por el Gobierno Federal;
  • Transferencia electrónica interbancaria (SPEI) con referencia de pago, disponible en el Portal GBIC.

B. Domiciliación de Pagos Recurrentes

El CLIENTE podrá autorizar a GBIC, de forma voluntaria, la domiciliación de la CONTRAPRESTACIÓN mediante cargo recurrente mensual a su tarjeta de débito o crédito. La autorización deberá ser otorgada expresamente por el CLIENTE al momento de la contratación o a través del Portal GBIC, debiendo el CLIENTE proporcionar los datos de la tarjeta correspondiente.

  • El cargo se efectuará de manera automática y recurrente cada mes en la FECHA LÍMITE DE PAGO, mientras el CLIENTE mantenga los SERVICIOS CONTRATADOS activos y no haya revocado la autorización de domicilio;
  • El CLIENTE podrá cancelar la domiciliación en cualquier momento mediante solicitud a través del Portal GBIC o por los canales de atención al cliente, con un preaviso mínimo de 5 (cinco) días hábiles anteriores a la fecha del siguiente cargo;
  • En caso de que el cargo a la tarjeta sea rechazado por fondos insuficientes, datos incorrectos o cualquier otra causa imputable al CLIENTE o a su institución emisora, el CLIENTE será responsable de realizar el pago por cualquiera de las demás formas de pago aceptadas dentro del plazo establecido;
  • GBIC notificará al CLIENTE el resultado de cada transacción de domicilio mediante comprobante electrónico remitido al correo registrado.

C. Facturación Electrónica

La facturación de los SERVICIOS CONTRATADOS se realiza de manera electrónica a través del Portal GBIC. El CLIENTE deberá ingresar a su cuenta en el Portal GBIC para generar y descargar el Comprobante Fiscal Electrónico (CFDI) correspondiente a cada pago realizado. Conforme a los lineamientos de facturación del CRT (Comisión Reguladora de Telecomunicaciones), la factura deberá contener el periodo de facturación, la cuota mensual fija, los cargos por servicios adicionales y el importe total con impuestos incluidos.

  • El CLIENTE deberá facturar el comprobante de pago correspondiente en un término no mayor a 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la realización del pago, a través del Portal GBIC;
  • Cláusula de Facturación Individua: Si el pago no es facturado dentro del plazo de 48 horas, el monto será imputado a la factura global de ventas al público en general que emite GBIC ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), perdiendo el CLIENTE la posibilidad de facturar posteriormente dicho pago bajo ningún motivo, excepción o circunstancia;
  • El periodo de facturación corresponde a 30 días naturales, contados a partir de la fecha de contratación;
  • La CONTRAPRESTACIÓN es fija y no incluye impuestos (IVA al 16% se agregará al monto total);
  • Las tarifas y, en su caso, promociones registradas ante la CRT podrán ser consultadas en el Sistema Electrónico de Registro de Tarifas de la CRT, mecanismo vigente para consulta de tarifas y promociones de servicios de telecomunicaciones;
  • En caso de no realizar el pago en la FECHA LÍMITE DE PAGO, GBIC podrá suspender los SERVICIOS CONTRATADOS y cobrar el COSTO POR REANUDACIÓN DEL SERVICIO;
  • Los pagos no generan devolución salvo en los casos expresamente previstos por la ley.

Fundamento legal: Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión; lineamientos de facturación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) y su Sistema Electrónico de Registro de Tarifas; disposiciones de carácter general aplicables a las Redes de Medios de Disposición (DOF 5335483).

SECCIÓN 3. Proceso de Contratación

Para que GBIC preste sus servicios, el CLIENTE deberá contratar mediante los canales disponibles (presencial, telefónico, vía WhatsApp o portal web), cumplir con las obligaciones mencionadas en la Sección 5, y con las Políticas de Uso Justo señaladas en la Sección 7. Al solicitar cualquier servicio, el CLIENTE acepta que GBIC realice un estudio crediticio para verificar su capacidad de cumplimiento.

SECCIÓN 4. Plazo Forzoso y Vigencia

La contratación de los SERVICIOS CONTRATADOS podrá sujetarse a un PLAZO FORZOSO máximo de 18 (dieciocho) meses, conforme a lo establecido en el contrato respectivo. Durante dicho plazo, el CLIENTE no podrá dar por terminado el contrato sin causa justificada; en caso de hacerlo, deberá cubrir la penalidad correspondiente conforme a las tarifas y, en su caso, promociones registradas ante el CRT. Finalizado el plazo forzoso, el contrato se prorrogará automáticamente por periodos mensuales hasta que cualquiera de las partes dé por terminado el mismo con un preaviso mínimo de 30 días naturales.

SECCIÓN 5. Obligaciones del Cliente

  • Pagar puntualmente la CONTRAPRESTACIÓN en la FECHA LÍMITE DE PAGO;
  • Proporcionar información veraz y completa al momento de la contratación;
  • Permitir el acceso al personal técnico de GBIC para la instalación, configuración y mantenimiento de los EQUIPOS;
  • Hacer un uso adecuado y lícito de los SERVICIOS CONTRATADOS;
  • Notificar de inmediato cualquier falla, cambio de domicilio o modificación en sus datos de contacto;
  • No alterar, modificar ni vender los EQUIPOS proporcionados por GBIC;
  • Cumplir con las Políticas de Uso Justo establecidas por GBIC.

SECCIÓN 6. Suspensión y Terminación

GBIC podrá suspender los SERVICIOS CONTRATADOS en los siguientes supuestos:

  • Falta de pago de la CONTRAPRESTACIÓN en la FECHA LÍMITE DE PAGO;
  • Uso indebido o ilícito de los SERVICIOS CONTRATADOS;
  • Incumplimiento de las Políticas de Uso Justo;
  • Alteración o mal uso de los EQUIPOS proporcionados;
  • Casos fortuitos o de fuerza mayor que impidan la prestación del servicio.

La suspensión del servicio no exime al CLIENTE de la obligación de pago correspondiente al periodo en que permanezca suspendido. GBIC podrá dar por terminado el contrato de forma anticipada en caso de incumplimiento grave del CLIENTE, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.

SECCIÓN 7. Política de Uso Justo

El CLIENTE se compromete a utilizar los SERVICIOS CONTRATADOS de manera lícita y conforme a las finalidades para las que fueron contratados. Queda prohibido utilizar los servicios para: actividades ilícitas; envío masivo de correo no solicitado (spam); realizar escaneos de red no autorizados; alojar o distribuir material que infrinja derechos de propiedad intelectual; o cualquier actividad que afecte la integridad, seguridad o rendimiento de la red de GBIC o de terceros. GBIC se reserva el derecho de aplicar medidas técnicas, administrativas o legales en caso de detectar un uso indebido, incluyendo la suspensión o terminación del servicio sin responsabilidad para GBIC.

SECCIÓN 8. Equipos

Los EQUIPOS proporcionados por GBIC para la prestación de los SERVICIOS CONTRATADOS son propiedad de GBIC y se entregan al CLIENTE en comodato durante la vigencia del contrato. El CLIENTE es responsable del cuidado y conservación de los EQUIPOS; en caso de pérdida, robo o daño por causas imputables al CLIENTE, éste deberá cubrir el costo de reposición conforme a las tarifas y, en su caso, promociones registradas ante el CRT. Al término del contrato, el CLIENTE deberá devolver los EQUIPOS en buen estado. GBIC es el único responsable frente al CLIENTE por el funcionamiento de los EQUIPOS durante su uso normal.

SECCIÓN 9. Garantía de Servicio

GBIC se compromete a mantener una Garantía de Disponibilidad de 99.9% para los servicios para proveedores de internet y a brindar atención técnica disponible las 24 horas, los 365 días del año. No obstante, GBIC no garantiza que el servicio sea ininterrumpido o esté libre de errores, ya que pueden existir interrupciones derivadas de mantenimiento programado, fallas en infraestructura de terceros, casos fortuitos o de fuerza mayor. En caso de falla imputable a GBIC, el tiempo de respuesta y reparación se ajustará a los lineamientos de calidad de servicio fijo emitidos por el CRT. GBIC no será responsable por daños indirectos, incidentales o consecuentes derivados de la interrupción del servicio.

SECCIÓN 10. Limitación de Responsabilidad

GBIC prestará los SERVICIOS CONTRATADOS con los estándares de calidad exigidos por la legislación aplicable. Sin embargo, en la máxima medida permitida por la ley:

  • GBIC no será responsable por daños indirectos, incidentales, especiales o consecuentes derivados del uso o la imposibilidad de uso de los servicios;
  • La responsabilidad total de GBIC por cualquier reclamación relacionada con los SERVICIOS CONTRATADOS se limitará al monto pagado por el CLIENTE por el servicio en el periodo mensual en que ocurra el evento generador del reclamo;
  • GBIC no garantiza la disponibilidad del servicio en ubicaciones fuera de su zona de cobertura;
  • El CLIENTE es el único responsable del contenido que transmita o reciba a través de los servicios, así como de la seguridad de sus propios equipos y redes locales;
  • GBIC no será responsable por fallas derivadas de la infraestructura de terceros o de servicios de conectividad que no sean prestados directamente por GBIC.

SECCIÓN 11. Privacidad y Protección de Datos

El tratamiento de los datos personales del CLIENTE se regirá por el Aviso de Privacidad de GBIC, disponible en este sitio, y por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento.

SECCIÓN 12. Propiedad Intelectual

Los nombres comerciales, marcas, logotipos, diseños, software y contenidos utilizados por GBIC son propiedad de GBIC Comunicaciones® o de sus licenciantes y están protegidos por las leyes de propiedad intelectual aplicables. Queda prohibida su reproducción, distribución o uso sin autorización expresa por escrito de GBIC.

SECCIÓN 13. Modificaciones

Las modificaciones a los presentes Términos y Condiciones se realizarán conforme a la legislación y normatividad aplicables y, en su caso, a las condiciones pactadas en el contrato de adhesión registrado ante la autoridad competente, sin que impliquen cambios arbitrarios en perjuicio del CLIENTE. Las modificaciones que procedan serán publicadas en el sitio web gbic.mx y notificadas al CLIENTE a través del correo electrónico proporcionado. El uso continuo de los servicios después de la entrada en vigor de las modificaciones implica la aceptación de las mismas.

SECCIÓN 14. Jurisdicción y Ley Aplicable

Los presentes Términos y Condiciones se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes vigentes en los Estados Unidos Mexicanos. Para la solución de cualquier controversia derivada de la interpretación o cumplimiento del presente, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad de Morelia, Michoacán, México, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles. Asimismo, el CLIENTE podrá acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) para la defensa de sus derechos como consumidor.

Aceptación

Al contratar y utilizar los servicios de GBIC, el CLIENTE manifiesta haber leído, comprendido y aceptado en su totalidad los presentes Términos y Condiciones, así como el Aviso de Privacidad correspondiente.

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